Acta de Independencia del Imperio Mexicano

La Regencia del Imperio se ha servido a dirigirme el Decreto que sigue: 

La Regencia del Imperio Gobernadora interina por falta de Emperador, a todos los que las presentes vieren y entendieren, Sabed: Que la Soberana Junta Provisional Gubernativa ha declarado lo siguiente:

La Suprema Junta Provisional Gubernativa del Imperio Mexicano congregada en la capital de él en 28 de septiembre inmediato anterior proclamo la siguiente:

ACTA DE INDEPENDENCIA

DEL

IMPERIO MEXICANO

PROCLAMADA POR SU JUNTA SOBERANA

 CONGREGADA EN LA CAPITAL DE EL EN 28 DE SETIEMBRE DE 1821

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La nación mexicana que por trescientos años, ni ha tenido voluntad propia, ni libre uso de la voz, sale hoy de la opresión en que ha vivido.

         Los heroicos esfuerzos de sus hijos han sido, y está consumada la empresa eternamente memorable que un Genio Superior á toda admiración y elogio, por el amor y gloria de su patria, principió en Iguala, prosiguió y llevó al cabo arrollando obstáculos casi insuperables.

Restituida, pues, esta parte del Septentrión al ejercicio de cuantos derechos le concedió el autor de la naturaleza y reconocen por inajenables y sagrados las naciones cultas de la tierra, en libertad de constituirse del modo que más convenga á su fidelidad, y con representantes que puedan manifestar su voluntad y sus designios, comienza á hacer uso de preciosos dones, y declara solemnemente por medio de la Junta Suprema del Imperio, que es nación soberana é independiente de la antigua España, con quien en lo sucesivo no mantendrá otra unión que la de una amistad estrecha en los términos que prescribieron los tratados: que entablará relaciones amistosas con las demás potencias, ejecutando respecto de ellas, cuantos actos pueden y están en posesión de ejecutar las otras naciones soberanas: que va á constituirse con arreglo á las bases que en el  Plan de Iguala y tratados de Córdoba estableció sabiamente el Primer Jefe del Ejército Imperial de las Tres Garantías, y en fin que sostendrá a todo trance y con sacrificio de los haberes y vidas de sus individuos (si fuese necesario) esta sola solemne declaración hecha en la capital del imperio a 28 de Septiembre del año 1821, primero de la independencia mexicana;

Agustín de Iturbide

Antonio Obispo de Puebla; Gral. Juan de O’Donojú; Manuel de la Bárcena; Dr. Matías Monteagudo; José Isidro Yáñez; Lic. Juan Francisco de Azcárate; Juan José Espinosa de los Monteros; José María Fagoaga; Cura Miguel Guridi y Alcocer; Marqués Miguel Cervantes y Velasco de Salvatierra; Conde Manuel de la Casa de Heras Soto; Juan Bautista Lobo; Francisco Manuel Sánchez de Tagle; Antonio de Gama y Córdova; Pbro. José Manuel Sartorio; Manuel Velázquez de León; Manuel Montes Argüelles; Gral. Manuel de la Sota Riva; Marqués José Mariano Sundaneta de San Juan de Rayas; Srg. José Ignacio García Illueca; Cnel. José María Bustamante; Cnel. José María Cervantes y Velasco; Cnel. Juan María Cervantes y Padilla; Capt. José Manuel Velázquez de la Cadena; Cnel. Juan Horbegoso; Cnel. Nicolás Campero; Conde Pedro José Romero de los Terreros de Jala y de Regla; Marqués José María Echevers Valdivielso; Manuel Martínez Mansilla; Lic. Juan Bautista Raz y Guzmán; José María de Jáuregui; Lic. Rafael Suárez Pereda; Cnel. Anastasio Bustamante; Isidro Ignacio de Icaza; Juan José Espinoza de los Monteros, Vocal Secretario.

Téndralo entendido la Regencia, haciéndolo imprimir, publicar y circular. México 6 de octubre de 1821, primero de la independencia de éste Imperio. Antonio, Obispo de Puebla, Presidente. Juan José Espinoza de los Monteros, Vocal Secretario. José Rafael Suárez Pereda, Vocal Secretario. A la Regencia del Imperio.

Por lo tanto mandamos que se imprima y publique que esta Acta, circulándola a todos los Tribunales, Jefes, Gobernadores y demás autoridades, así como civiles, militares y eclesiásticas, para que por su parte la publiquen y circulen en todos los lugares y a todas las personas a quienes corresponda.

México a 8 de octubre de 1821, primer año de la independencia. Agustín de Iturbide, Presidente. Manuel de la Bárcena. Isidro Yáñez. Manuel Velázquez de León. A.D. José Manuel Herrera.

Y lo traslado a V.S. para su más puntual y debido cumplimiento. Dios guarde a V.S. muchos años más. México, 1o de octubre de 1821. José Manuel Herrera.

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